La humanidad se encuentra viviendo una verdadera revolución tecnológica, el hombre ha creado cantidades de herramientas y aparatos que han alterado de manera significativa su desarrollo en el paso por la historia, o sea que se han transmitido y mejorado de generaciones a generación nuestra condición de vida, dando como resultado el desarrollo de la tecnología actual.
Con la revolución tecnológica de finales del siglo XX y principios del siglo XXI y la consecuente aparición de lo que se denomina Sociedad del Conocimiento, ha resultado necesaria la creación de una nueva generación dederechos humanos relacionados directamente a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TICs) y su incidencia en la vida de las personas4.
En esta nueva etapa de la humanidad, las libertades y derechos se han introducido en el espacio digital lo que ha provocado que su reconocimiento y protección por parte del Estado constituya un verdadero reto por parte del sistema jurídico.
Derechos Humanos de la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Generación
Derechos Humanos Tercera Generación o Derechos de Desarrollo, Medio ambiente saludable y la Paz
Los Derechos de Tercera Generación también conocidos como Derechos de Solidaridad o de los Pueblos contemplan cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano.
El contenido de estos derechos no está totalmente determinado. Los Derechos de los Pueblos se encuentran en proceso de definición y están consagrados en diversas disposiciones de algunas convenciones internacionales.
Derechos Humanos Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Los derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Su reconocimiento en la historia de los Derechos Humanos fue posterior a la de los derechos civiles y políticos, de allí que también sean denominados derechos de la segunda generación
Derechos Humanos Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos
Los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos se refieren a los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales.
Los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos se refieren a los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales. Estos Derechos surgieron como respuesta a los reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios de finales del siglo XVIII en occidente. Estas exigencias fueron consagradas como auténticos derechos y como tales difundidos internacional mente.
Los Derechos Humanos son aquellas "condiciones instrumentales que le permiten a la persona su realización" en consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona.
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelaciones, independientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.
"La educación es el gasto para la defensa mas efectivo que existe".
Kofi Annan
"La diferencia entre estupidez y genialidad es que la genialidad tiene sus límites".
Albert Einstein
"Nunca consideres el estudio como una obligación, sino como una oportunidad para penetrar en el bello y maravilloso mundo del saber".
Albert Einstein
¿Por qué son Importantes los Derechos Humanos en Nuestra Institución?
Los colegios desempeñan un papel fundamental en nuestra vida y en la de la comunidad. Como reflejo de la sociedad en general, son un elemento clave para socializar a las nuevas generaciones y preparar a los alumnos y alumnas para que se conviertan en miembros activos y comprometidos de la sociedad. En un siglo XXI interconectado y globalizado, la juventud está expuesta a un mundo diverso y cambiante, un mundo en el que la pobreza, la desigualdad y otras injusticias siguen siendo parte integrante de las vidas de millones de personas.
Los derechos humanos pueden dar a colegios de todo el mundo un lenguaje común de igualdad, ausencia de discriminación, respeto, dignidad y participación que es crucial para lograr una sociedad global más pacífica y justa.
La educación en derechos humanos es un medio fundamental para inculcar el conocimiento, las aptitudes, las actitudes y los valores que pueden promover una cultura de los derechos humanos. Amnistía Internacional define la cultura de los derechos humanos como una atmósfera en la que todos los miembros de una comunidad comprenden, valoran y protegen los derechos humanos, en la que los valores de igualdad, dignidad, respeto, participación y ausencia de discriminación son la base de los procesos de toma de decisiones en la comunidad.
"Una sociedad que aísla a sus jóvenes y corta sus amarras, esta condenada a desangrarse".
Kofi Annan
Algunos Derechos de los Estudiantes
Gozar de los derechos constitucionales, legales y los del presente Manual de Convivencia.
Conocer sus derechos, comprenderlos y hacerlos respetar en un marco de Sana Convivencia.
Derecho a participar activamente en la revisión, reestructuración, actualización y socialización del presente Manual de Convivencia y del PEI, en los espacios y tiempo que la institución destine para ello.
Derecho a recibir un buen trato por parte de todos los integrantes de la comunidad educativa.
Derecho a tener la posibilidad de presentar quejas de forma respetuosa cuando el anterior derecho se vulnera y ser atendido según el conducto regular.
Derecho a ser escuchado, atendido de forma oportuna y respetuosa por docentes, directivos, administrativos, personal de seguridad y de servicios generales.
Derecho a recibir información y documentos institucionales de manera oportuna.
Derecho a tener acceso a la información necesaria para su desarrollo académico y ser orientado sobre las diferentes actividades organizadas o avaladas por la institución.
Al debido proceso.
Derecho a participar democráticamente en el Gobierno escolar
Derecho a justificar dentro del término establecido las ausencias.
A las estudiantes en estado de embarazo se les reconocerá sus incapacidades medicamente certificadas y tendrán el derecho a presentar las actividades académicas pendientes.
Derecho a recibir y participar de una formación integral de acuerdo a la legislación educativa vigente.
Derecho a recibir todas las horas de clase de acuerdo al horario establecido para cada grado o ciclo.
Derecho a solicitar el cambio de jornada por una sola vez y dentro de las posibilidades de la institución.
Derecho a conocer los resultados académicos en cada periodo y a que se le corrijan si el caso lo amerita.
Derecho a conocer al inicio de año académico planes de estudio, cronograma y criterios de evaluación de cada asignatura.
Derecho a conocer los procesos de evaluación y promoción aprobados por el Consejo Académico y Directivo.
Derecho a recibir estímulos pedagógicos por desempeños sobresalientes en los ámbitos académico, cultural, deportivo y social.
Derecho a presentar actividades de nivelación de cada periodo y prueba de superación final según lo estipula el Decreto 1290 y el SIE.
Derecho a presentar su servicio Social en la institución siempre y cuando presente buen comportamiento y funcionalidad en el mismo.
Los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Colombia es un país rico en biodiversidad, recursos naturales y tierras fértiles. Sin embargo, millones de personas viven sin acceso a agua potable, una alimentación nutritiva, una vivienda digna, electricidad, acceso a la educación gratuita o un servicio adecuado de salud. Colombia es el 6º país más desigual del mundo. Más de 6 millones de hectáreas de tierras han sido usurpadas de las poblaciones rurales (pueblos indígenas, comunidades afrocolombianas y campesinas), que a su turno ha favorecido la imposición de proyectos económicos a grande escala como agrocombustibles, industria extractiva, entre otros. El fomento de la agricultura a pequeña escala para la subsistencia de las comunidades rurales ha recibido escaso apoyo de las autoridades públicas.
El conflicto armado interno en Colombia existe desde hace más de medio siglo. Su principal víctima es la sociedad civil, que sobrevive en medio de constantes acciones violentas de todos los actores armados. Las masivas violaciones a los derechos fundamentales de la población colombiana incluyen masacres, asesinatos de personas defensoras de derechos humanos, desapariciones forzosas, tortura y violaciones sexuales. El estado Colombiano, que tiene el deber de proteger a sus ciudadanos, está cuestionado por cometer graves violaciones de derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario (DIH), incluso, partes del estado están siendo investigados por vínculos con grupos paramilitares ilegales de extrema derecha. Las guerrillas están también acusadas de cometer graves infracciones al DIH, tales como la toma de rehenes, el uso de minas antipersona y el reclutamiento de niños y niñas como combatientes.
La crisis humanitaria en Colombia ha alcanzado niveles alarmantes. Según fuentes oficiales y organizaciones de derechos humanos, existen más de 4 millones de desplazados internos en el país, y refugiados en países fronterizos. Las Naciones Unidas y organizaciones indígenas han alertado que al menos la mitad de los pueblos indígenas en Colombia están en riesgo inminente de desaparecer del planeta. Organizaciones sindicales denuncian que Colombia es el país donde más sindicalistas son asesinados en el mundo cada año. Preocupa especialmente que la impunidad en casos de violaciones a los derechos humanos se acerca al 98%. Año tras año la ONU y la OEA emiten recomendaciones al estado colombiano, pero hasta la fecha estas han tenido escaso cumplimiento.
En medio del panorama gris y desolador de la guerra, la sociedad civil colombiana sigue poniendo color a la vida, reclamando el cumplimiento de sus derechos, proponiendo múltiples formas de resistencia pacífica y reclamando la paz a través de una solución negociada al conflicto basada en la justicia social.
Declaración Universal de los Derechos Humanos
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".
Preámbulo
Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
La Asamblea General
proclama la presente
Declaración Universal de Derechos Humanoscomo ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
El concepto de derecho fundamental, es quizá el más importante de las constituciones actuales. Colombia adoptó la figura de derechos fundamentales en la Constitución de 1991.
Los derechos fundamentales son inherentes al ser humano, deben garantizar la dignidad humana, esencia de la estructura de la Constitución. Un Estado no puede existir, ni consolidarse sin reconocer social, jurídica y políticamente los derechos fundamentales.
Entre varias definiciones acerca del concepto de “derechos fundamentales” la siguiente es suficientemente completa y precisa:
"los derechos humanos son reivindicaciones de unos bienes primarios considerados de vital importancia para todo ser humano, que concretan en cada época histórica las demandas de libertad y de dignidad. Estas reivindicaciones van dirigidas en primera instancia al Estado, y están legitimadas por un sistema normativo o simplemente por el reconocimiento de la comunidad internacional” (Papacchini, Filosofía y derechos humanos)
Estos derechos fundamentales son imprescindibles, no se pierden por falta de uso. Universales, se aplican a todos los seres humanos sin importar calidad o condición, edad, sexo, religión, etc. Y además, son indivisibles, innegociables, inviolables, obligatorios, independientes, colectivos y sin orden jerárquico.
Comúnmente se les ha identificado con los derechos individuales, sin embargo, en Colombia han sido reconocidos por la Corte Constitucional algunos derechos pertenecientes a la llamada segunda generación, es decir, ha reconocido como derechos fundamentales ciertos derechos sociales que son necesarios para que la persona humana tenga una vida digna.
El título II capítulo I de la Constitución Política de Colombia se ocupa de los "derechos fundamentales", sin embargo la Corte Constitucional ha sostenido que el Constituyente no determinó en forma concreta cuáles eran los derechos constitucionales fundamentales, sino que fue su voluntad conceder simplemente un efecto indicativo a la ubicación y titulación de las normas constitucionales.
Cabe resaltar que, en Colombia los derechos fundamentales no sólo son los que aparecen en el título ll y capítulo l (referidos anteriormente), por tal motivo, la Corte Constitucional utiliza otros criterios para reconocer los derechos fundamentales.
Para la Corte hay criterios principales y secundarios de interpretación. Atiende como principales: aquellos que se traten de un derecho esencial de la persona y el reconocimiento expreso de la Constituyente. Acoge como criterios auxiliares, los que no bastan por sí solos: la inclusión del derecho en tratados internacionales, que se trate de un derecho de aplicación inmediata; los que requieren de referendo para ser reformados y por último la ubicación y denominación.
Así mismo, para que un derecho sea considerado fundamental, la Corte Constitucional Colombiana afirma que debe reunir tres requisitos: conexión directa con los principios constitucionales, eficacia directa y contenido esencial (núcleo básico del derecho).
¿Cuál es la diferencia entre derechos humanos y derechos fundamentales?
La principal diferencia radica en que los Derechos Humanos son aquellos cuya protección y defensa está consagrada en los Instrumentos Internacionales suscritos por Colombia y los Derechos Fundamentales son los consagrados como tales en las Constitución Política de Colombia.
Según esta diferencia, los Derechos Humanos son el conjunto de principios de aceptación universal en al marco del Derecho Internacional Público, reconocidos Constitucionalmente y garantizados jurídicamente bajo el nombre de Derechos Fundamentales dentro del Derecho Público Interno.
Algunos de los Derechos Fundamentales
Toda persona tiene los derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, sexo, color, idioma, posición social o económica.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.
Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.
Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación.
Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.
Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas.
Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica.
Los Derechos Humanos son el conjunto de valores éticos que componen la dignidad humana propia de todos los hombres desde que nacen, sin distingo de religión, raza, edad, sexo, condición social, pensamiento, etc.
Se entiende por valores éticos todos aquellos principios basados en los Derechos Fundamentales tales como:
El derecho a la vida.
El derecho a la salud.
El derecho a la libertad.
El derecho a la seguridad.
El derecho a la intimidad.
El derecho a la educación.
El derecho a la igualdad.
El derecho a la libre locomoción.
El derecho a la libertad de conciencia y de religión.
El derecho a la libertad de pensamiento y de opinión.
El derecho a la libertad de reunión y de asociación.
El derecho a elegir y a ser elegido.
El derecho al trabajo y a recibir por él una remuneración equitativa.
El derecho de sindicalización.
El derecho al descanso.
El derecho a la protección por parte de las autoridades.
El derecho a un juicio justo y de acuerdo con las normas vigentes.
El derecho a que se presuma su inocencia.
El derecho de propiedad.
El origen de los derechos humanos aparece por la propia necesidad del hombre para poder convivir con sus semejantes debido a que no es capaz de bastarse por sí mismo.
Nuestra existencia se desarrolla es un marco de relaciones interpersonales, las cuales van a ser el centro de nuestra atención.
Esto confiere a la vida social una notable importancia, y es por ello que nos vemos obligados a establecer unas normas básicas. A partir de estas normas, el hombre puede relacionarse con sus semejantes sabiendo que se encuentra en las mismas condiciones que los demás, y que a partir de estas intentara hallar la felicidad.
Como esta es la meta de nuestra existencia, es bueno saber que tenemos unos principios comunes al resto de los humanos y que en vez de ponernos trabas los unos a los otros, nos facilitamos el camino. También seria interesante hacer mención de la idea principal que reflejan estos derechos humanos, y que no es mas que la diferencia que existe entre los seres irracionales y nosotros. Somos capaces de minimizar la importancia de la naturaleza y concentrarnos en nosotros mismos. Son en resumen el reflejo de la evolución humana hacia unas metas mas altas.
El secreto de la paz
esta en el respeto de los
Derechos Humanos.
Juan Pablo II
Se dice que los fracasos de los estados y las guerras civiles y étnicas que a menudo los han seguido son inevitables... Las dificultades ocasionalmente enfrentadas por las intervenciones internacionales confirman precisamente lo difícil que es tratar estos problemas... Deseo proponer una visión distinta. Ella es que estos fracasos, estas guerras y estos problemas son problemas políticos y problemas económicos con soluciones políticas y económicas. Los conflictos en una parte del mundo o la tiranía en otra no son inevitables. La Libertad y los Derechos Humanos son conceptos tan universales como son políticos, aplicables a todo ser humano de cualquier credo o color. La carta de las naciones unidas fue escrita en el nombre de "nosotros, los pueblos de las naciones unidas".